Impuesto a la Renta Financiera
Tributación de rendimientos financieros para personas humanas
Impuesto Cedular a la Renta Financiera
Importante: A partir del período fiscal 2024, el impuesto cedular a la renta financiera fue derogado por la Ley 27.743. Los rendimientos financieros ahora tributan dentro del Impuesto a las Ganancias general.
Si bien el régimen cedular específico fue eliminado, los rendimientos financieros continúan gravados dentro del Impuesto a las Ganancias. Te asesoramos sobre cómo declarar correctamente estos ingresos.
Rendimientos Alcanzados
Intereses
Plazos fijos, cuentas remuneradas, títulos públicos y privados.
Dividendos
Distribución de utilidades de sociedades locales y del exterior.
Compraventa de títulos
Acciones, bonos, obligaciones negociables, CEDEARs.
Criptoactivos
Resultados por compraventa de monedas digitales.
Tratamiento Impositivo Actual
| Concepto | Tratamiento |
|---|---|
| Intereses plazo fijo en pesos | Exentos (con ajuste por inflación) |
| Intereses plazo fijo UVA/dólar | Gravados en Ganancias |
| Dividendos de sociedades argentinas | Gravados al 7% (retención) |
| Venta de acciones (con cotización) | Exentos para personas humanas |
| Venta de acciones (sin cotización) | Gravados en Ganancias |
| Títulos públicos argentinos | Exentos (intereses y venta) |
| Criptomonedas | Gravados en Ganancias |
Nota: El tratamiento impositivo puede variar según la normativa vigente y las características específicas de cada inversión. Consultanos para un análisis personalizado de tu situación.
No dudes en consultarnos. Te asesoramos sobre cómo declarar correctamente tus rendimientos financieros y optimizar tu carga tributaria.